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Las violaciones a la Protección de Datos Personales

Abanico digital en defensa de lo privado.

En 18 meses, las violaciones a la Protección de Datos Personales originaron sanciones del INAI por más de 108 millones de pesos.

En el periodo enero 2021 a junio 2022 el INAI infraccionó a empresas, organizaciones y personas físicas que violaron la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que incluyó desde consultorios médicos, organizaciones de asistencia social, de apoyo a negocios, hasta aseguradoras y empresas de todos los tamaños en el sector financiero.

La falta de conocimiento, indiferencia y hasta desprecio sobre la responsabilidad que se tiene sobre el recabar datos personales, lo mismo si se trata de alguien que organiza un sorteo, de un profesionista de la salud, de un anunciante en Internet, que de un banco, una casa de empeño o una asociación con fines filantrópicos, es fuente de afectaciones a la privacidad de quienes les proporcionan sus datos y no los manejan con responsabilidad, y la debida protección para mantenerlos íntegros e, inclusive, de destruirlos cuando ya no los requieren.

Un factor que se suma de manera creciente es el uso indebido de la información privada y el riesgo de sustracción por personas dentro y fuera del ámbito de una organización. Más allá de los hackeos de alto impacto como los de Assange, los Panamá Papers o de hacktivistas como Guacamaya, toda clase de personas y organizaciones que recaban datos personales, están expuestas al mal uso de la información en su poder por no saber o entender las obligaciones para con los titulares.

No son pocos quienes para “cumplir” se limitan a elaborar un Aviso de Privacidad a partir de hacer “copy-paste”, lo que seguramente les dejará en un estado de indefensión ante las diversas situaciones que originan problemas legales y/o reputacionales.

Las principales infracciones a la Ley impuestas por el INE en el periodo en comento, incluyen:

  • Recabar o transmitir datos personales sin consentimiento del titular
  • Omisiones, conforme a la Ley, en el Aviso de Privacidad
  • Faltas originadas por falta de cumplimiento en derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (derechos ARCO).

¿Qué hacer? Actualizarse en la materia y seguir los procedimientos necesarios para detectar riesgos y vulnerabilidades en el manejo de los datos de los titulares, así como en la atención de las solicitudes, contar con la tecnología indispensable para preservar la información desde que se captura hasta su destrucción. No hay que “echar en saco roto” las obligaciones en la materia. Recurra a un asesor profesional, quien sabrá diseñar un traje a la medida de sus necesidades y brindarle la capacitación que corresponda.

No perdemos de vista que el derecho a la privacidad es, formalmente, un derecho humano.

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